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Ha superado el limite de sesiones
Se esta produciendo un error al acceder muchas veces a Sii cuando se ingresa a los módulos de renta o DDJJ, lo que hemos detectado es que al pasar de un servidor a otro no se cierra la sesión de ambos servicios quedando una cantidad de sesiones activas sin estarlos, aprox en 30 min vuelve a la normalidad en la medida que se cierren automáticamente las sesiones en SII. De preferencia siempre cierren las sesiones al salir del servicios desde el botón cerrar sesión.
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Ha superado el limite de sesiones
⚠️ Ojo con las facturas exentas por compra de dólares
Algunas casas de cambio como Plus Kapital y AFEX están emitiendo facturas exentas cuando las empresas compran dólares. El problema es que para los regimenes propyme la compra de moneda extranjera esta figurando como un gasto en las propuestas de renta, es solo un cambio de activo (CLP → USD). Por lo tanto, no corresponde registrarlo en el registro de compras de SII ni como gasto en la contabilidad. Si se incluye en el registro de compras pueden ocurrir dos problemas: 1️⃣ Se genera un gasto artificial que aumenta innecesariamente los costos de la empresa. 2️⃣ En la propuesta de renta del Servicio de Impuestos Internos, estos montos aparecerán y se restarán de los ingresos, generando inconsistencias tributarias. Recomendación práctica Cuando estos documentos lleguen al sistema contable: • No incluirlos en el Registro de Compras. • Tratarlos como documentos no facturables o movimientos financieros. • Registrar contablemente solo el tipo de cambio y la cuenta de moneda extranjera. De esta forma evitas inflar gastos de manera errónea y problemas en la conciliación con la información que el SII utiliza para la propuesta de renta. En resumen: comprar dólares no es gasto, es cambio de activo. Si lo registras como compra, terminarás distorsionando tu resultado tributario.
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Vacaciones proporcionales fórmula
Cuando un trabajador termina su contrato antes de cumplir un año, no pierde sus vacaciones: tiene derecho al pago proporcional en su finiquito. Según la Dirección del Trabajo, el cálculo se hace así: 🧮 Paso 1: Determinar los días por mes trabajado El feriado legal anual es de 15 días hábiles. 👉 Se divide por 12 meses: 15 ÷ 12 = 1,25 días por mes Es decir: ➡️ Cada mes trabajado genera 1,25 días hábiles de vacaciones 📅 Paso 2: Calcular los meses y días trabajados Ejemplo real de la DT: 🟢 Ingreso: 15 de marzo de 2021🔴 Término: 17 de noviembre de 2021 Tiempo trabajado: ➡️ 8 meses y 2 días 🧠 Paso 3: Calcular los días proporcionales ✔️ Por meses completos 8 meses × 1,25 = 10 días hábiles ✔️ Por días adicionales Primero calculamos cuánto vale cada día del mes: 1,25 ÷ 30 = 0,04167 días por día trabajado Luego: 2 días × 0,04167 = 0,083 días ✅ Resultado total 10 + 0,083 ≈ 10,08 días hábiles de vacaciones proporcionales Estos son los días que deben pagarse en el finiquito. Después de calcular los días hábiles: 📅 Se deben contar en el calendario desde el día siguiente al término del contrato📌 Incluyendo sábados, domingos y festivos dentro de ese período Ese total final es el que se indemniza. 🧾 Fundamento legal https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60200.html
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Sincronización con SII funcionando
El dia de hoy se bloqueo el acceso a SII con las herramientas de automatización que ocupamos en Chile, costo pero ya logramos resolverlo y estamos operando sin problemas para conexiones directas por empresa, no esta operativo todavia los procesos masivos multi empresa.
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Sincronización con SII funcionando
📊 Regla del Impuesto Diferido (NIC 12)
El impuesto diferido nace por diferencias temporarias entre la base contable y la base tributaria de activos y pasivos. ✅ Si al recuperar o liquidar generará MÁS impuesto en el futuro → Pasivo por impuesto diferido(Ej: depreciación acelerada tributaria) ✅ Si generará MENOS impuesto en el futuro → Activo por impuesto diferido(Ej: provisiones aceptadas contablemente pero no tributariamente) 🧠 Regla rápida para recordar: Activo ➡️ Financiero > Tributaria → Pasivo diferido ➡️ Financiero < Tributaria → Activo diferido Pasivo ➡️ Financiero > Tributaria → Activo diferido ➡️ Financiero < Tributaria → Pasivo diferido
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