🖥️ El software de gestión y las “enfermedades raras”
¿Qué tiene que ver el software de gestión con las enfermedades raras? A primera vista, poco o nada. Las enfermedades raras son aquellas que afectan a un número muy reducido de personas en la población. Como consecuencia, la investigación y el desarrollo de medicamentos para tratarlas no tienen el mismo interés ni la misma inversión que las enfermedades comunes. Las empresas no tienen enfermedades, pero sí pueden tener un régimen fiscal “raro”. Y, al igual que en la medicina, la consecuencia es parecida: no siempre es fácil encontrar un software que se adapte. 👉 Por ejemplo, empresas acogidas al Régimen Especial de Bienes Usados o al Régimen Especial de Agencias de Viajes. En estos casos, la oferta de software se reduce drásticamente: o se opta por un vertical específico (normalmente caro y limitado), o hay que adaptar soluciones más generales con desarrollos a medida. 📌 Ejemplos de “regímenes raros” en fiscalidad y software - País Vasco: TicketBAI. - Canarias: IGIC (en lugar de IVA). - Ceuta y Melilla: IPSI. - Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP). - Régimen especial del oro de inversión. - Régimen especial de agencias de viajes (REAV). - Régimen especial aplicable a bienes usados, objetos de arte, antigüedades y de colección (REBU). - Empresas con facturación de suplidos (ejemplo: residencias de ancianos que deben facturar medicamentos como suplidos; no todos los ERPs lo soportan). En todos estos casos, el problema es el mismo: la legislación obliga, pero el mercado de software responde poco o mal. Resultado: informatizarse se convierte en más caro, más complejo y con menos opciones. 🤔 Y tú, ¿qué otras “enfermedades raras” se te ocurren en el mundo del software de gestión?