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DUDAS COMUNES EN SIROC
Buenas tardes colegas, les comparto 3 dudas y respuestas sobre tema SIROC, espero les ayude y les apoye, cada tercer día les estaremos compartiendo tips y este tipo de dinámicas. 1. Si mis trabajadores ya están registrados como permanentes en el IMSS, aun así debo registrar la obra en SIROC? Sí, el registro de obra sigue siendo obligatorio. El hecho de que los trabajadores estén dados de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social no elimina la obligación de registrar la obra en el SIROC (Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción).El objetivo del SIROC es que el IMSS tenga control sobre qué trabajadores participan en cada obra y durante qué periodo. 2. Si termina una obra de construcción debo dar de baja el registro patronal? No. Cuando termina una obra lo que se debe presentar es el aviso de terminación de obra en SIROC, pero no es necesario dar de baja el registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.El registro patronal puede seguir activo para futuras obras o contratación de trabajadores. 3. Qué pasa si no registro una obra en SIROC? El IMSS puede determinar cuotas obrero-patronales estimadas, además de imponer multas por no presentar el registro de obra.Esto sucede porque el Instituto Mexicano del Seguro Social tiene facultades para estimar la mano de obra utilizada en la construcción cuando no se presenta la información en el SIROC (Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción).
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baja de registro patronal?
Buenas tardes, una consulta si terminó una obra de construcción debo dar de baja el registro patronal? no se si voy a utilizarlo en poco tiempo o que debo hacer? gracias por la atención
buenas tardes. Sí, cuando termina una obra de construcción y ya no tendrás trabajadores registrados, es importante revisar la situación de tu registro patronal ante el IMSS para evitar problemas o cargos innecesarios. Te explico las opciones más comunes: Dar de baja el registro patronal (si ya no tendrás trabajadores) Si la obra terminó y no planeas contratar trabajadores pronto, lo recomendable es solicitar la baja del registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esto sirve para: - Evitar que el IMSS piense que sigues operando. - Prevenir requerimientos o revisiones por no presentar movimientos. - Cerrar formalmente la obra. Normalmente se hace mediante el trámite de “Baja del registro patronal por término de actividades”. Mantener el registro (si pronto iniciarás otra obra) Si piensas iniciar otra obra en poco tiempo, puedes mantener el registro patronal, pero debes: - Dar de baja a todos los trabajadores cuando termine la obra. - Seguir atento a cualquier obligación si el IMSS lo requiere. En construcción, muchas empresas usan el mismo registro para nuevas obras, registrándolas después en el sistema correspondiente. Aviso de terminación de obra En el caso de construcción también suele presentarse el aviso de terminación de obra en el Instituto Mexicano del Seguro Social para cerrar correctamente esa obra específica.
1. Si terminó la obraLo que corresponde es presentar el aviso de terminación de obra en SIROC, no dar de baja el registro patronal. 2. El registro patronal puede quedarse activoAunque no tengas obra en ese momento, puedes dejar el registro patronal activo por si más adelante inicias otra obra. No pasa nada si queda sin movimientos un tiempo. 3. Cuándo sí se da de baja el registro patronalSolo se recomienda cuando: - ya no realizarás ninguna actividad como patrón - no tendrás más trabajadores - no planeas hacer más obras 4. Sobre volver a usarloSi lo das de baja y luego quieres hacer otra obra, tendrías que tramitar un nuevo registro patronal, porque normalmente no se reactiva fácilmente.
duda siroc
Hola buenas tardes, disculpe no se si por aquí puedo preguntar mis dudas, pero la dejo aquí, es la siguiente: La empresa realiza muebles como tipo cocinas integrales que van e instalan en casas de la empresa con quien tiene lo contrato. Hasta ahí yo había entendido que por eso si tengo que presentar todo. Pero nuestros trabajadores son permanentes entonces ya me confundi un poco con lo que estoy viendo del curso de seguridad social para constructoras porque dice que los que tienen permanentes no. Entonces ¿si tengo que presentar siroc? De antemano agradezco su respuesta. Saludos.
En tu caso, aunque la empresa tenga trabajadores permanentes, sí es necesario presentar el SIROC cuando se realizan trabajos de instalación o construcción en obra para un tercero. El punto clave no es solo si los trabajadores son permanentes o eventuales, sino si la empresa está participando en una obra de construcción, ampliación, instalación o similar dentro de un inmueble. Cuando una empresa fabrica muebles como cocinas integrales y además acude al domicilio del cliente o a una casa de una constructora para instalarlos, esa actividad se considera un trabajo relacionado con obra de construcción. Por esa razón el IMSS normalmente solicita el registro de obra a través del SIROC y la presentación de la información correspondiente. El hecho de que tus trabajadores sean permanentes solo significa que ya están registrados en la empresa de forma continua, pero eso no elimina la obligación de registrar la obra si están realizando trabajos dentro de una construcción o instalación en un inmueble de un tercero. En resumen, aunque tengas trabajadores permanentes, sí debes presentar SIROC cuando participas en ese tipo de obras o instalaciones, porque lo que determina la obligación es la existencia de la obra y la participación de tus trabajadores en ella.
@Hilda Fernanda Saucedo Barros Sí, también debes hacerlo. El registro de obra en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) normalmente se realiza cuando registras una obra ante el Instituto Mexicano del Seguro Social mediante el SIROC (Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción). En términos prácticos: 1. Primero registras la obra en el SIROC (Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción). 2. Cuando el IMSS te asigna número de registro de obra, 3. Debes dar de alta esa obra en el SUA, para poder: Esto aplica aunque tus trabajadores sean permanentes, porque el IMSS quiere identificar qué trabajadores están asignados a cada obra.
MONTO PARA REGISTRAR TERMINO DE OBRA
Buenas tardes una pregunta para hacer el registro de término de la obra debo registrar el monto total del contrato en monto ejercido? o no necesariamente?
Buenas tardes.Sí, generalmente al hacer el registro de término de la obra se debe capturar el monto total que realmente se ejerció durante la ejecución del contrato. Si la obra se ejecutó exactamente conforme al contrato y no hubo modificaciones, entonces el monto ejercido coincide con el monto total del contrato. Sin embargo, no necesariamente tiene que ser el mismo monto. Si durante la obra hubo ampliaciones, reducciones, convenios modificatorios o economías, el monto ejercido puede ser diferente al monto original del contrato. En ese caso, en el registro de término se debe colocar el monto final realmente ejercido. En resumen, el monto ejercido debe reflejar el total real pagado o comprometido al finalizar la obra, que puede ser igual o diferente al monto del contrato dependiendo de si hubo modificaciones.
Periodo de Anuales
Buen día Comunidad, éxito a todos en esta temporada de anuales, les comparto unos tips básicos para personas morales. De igual manera saben que aquí estamos para dar soporte a sus dudas. 1️⃣ Conciliar ingresos contables vs fiscales Antes de presentar la declaración, revisa que los ingresos registrados en contabilidad coincidan con los ingresos acumulables para ISR. A veces hay diferencias por anticipos, notas de crédito o ingresos que contablemente se registraron en otro periodo. Esta conciliación evita errores y posibles requerimientos del SAT. 2️⃣ Revisar deducciones autorizadas Asegúrate de que todos los gastos cumplan con requisitos fiscales: CFDI correcto, método de pago válido cuando aplica, relación con la actividad y registro contable. También verifica que estén efectivamente pagados si son deducciones que así lo requieren. 3️⃣ Verificar pagos provisionales y coeficiente de utilidad Antes de enviar la declaración anual revisa que los pagos provisionales de ISR del año estén correctamente reflejados, porque estos se acreditan contra el impuesto anual. También confirma que el coeficiente de utilidad utilizado durante el año haya sido el correcto.
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Rubén Raúl Márquez
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@ruben-raul-marquez-9852
Lic. En Contaduría y Administración Maestría en Administración Strategic Leader Emprendedor

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Joined Aug 19, 2024
Zacatecas, México
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