TEMA 23- ACTOS DE COMUNICACIÓN CON OTROS TRIBUNALES.
Una duda un tanto básica pero no la entiendo y sigo cayendo en lo mismo. Articulo 165 de la LEC que se habla del auxilio judicial entre tribunales distintos: Me dice que se debe hacer en soporte electrónico salvo en los casos del soporte papel. Luego me dan un plazo máximo de 20 dias para cumplirlos (que es un plazo no superior a 20 Dias) y luego deben ser devueltos por soporte informáticos. Luego mi pregunta es: ése plazo es tanto para el caso en que se use la via del soporte electrónico como en papel? o solo ese plazo es para cuando se use el soporte de papel ?